Reglamento uso logos CCIS

 

 

REGLAMENTO PARA EL USO Y PROTECCIÓN DE LOS LOGOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA ITALIANA PARA ESPAÑA

 

Artículo 1 – El presente reglamento tiene por objeto reglamentar el procedimiento para la solicitud y concesión de uso de los logos propiedad de la Cámara de Comercio e Industria Italiana para España (a partir de ahora “CCIS”) por parte de terceros.

 

Artículo 2 – Los logos de la CCIS son las imágenes utilizadas para representar la actividad de la CCIS o actividades e iniciativas gestionadas por la misma.

 

Artículo 3 – Los logos a los que se refiere este reglamento son:
1. Todos los logos que representan la CCIS, ya sea con o sin letras;
2. “Passione Italia”;
3. “¡100% Auténtico!”.

 

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Passione Italia LOGO             AF-Logo-100Autentico

 

 

Artículo 4 – Los logos de la CCIS podrán ser aplicados en impresos, papelería, soportes electrónicos, material promocional y en todos los demás soportes promocionales o informativos, bajo expresa autorización de uso por parte de la CCIS, que es la exclusiva propietaria,  y según las condiciones detalladas en los artículos 5, 6 y 7.

 

Artículo 5 – Se podrá otorgar el uso de los logos únicamente a los socios de la CCIS al día con el pago de la cuota asociativa, previa solicitud de autorización al Departamento Comunicación. En la solicitud, el interesado en usar los logos deberá explicar las razones por las cuales requiere el uso de los mismos y describir los objetivos perseguidos. La solicitud tendrá que ser enviada por correo electrónico a la dirección news@italcamara-es.com escribiendo en el objeto “Solicitud de uso logo CCIS”. Una vez evaluada la solicitud, la CCIS decidirá si otorgar el uso del logo.

 

Artículo 6 – Las condiciones económicas para el uso de los logos son las siguientes:

-> Para los socios colaboradores el uso del logo está incluido en la cuota asociativa;

-> Para los socios ordinarios, de canal Ho.Re.Ca. e individuales el uso del logo tiene un coste anual, que se sumará a la cuota asociativa, diferente según el soporte utilizado (en caso de haber efectuado ya el pago de la cuota asociativa, el servicio se facturará a parte):

– Impresos-papelería: 150 €;
– Soportes electrónicos: 100 €;
– Todos los soportes (electrónicos e impresos) y material promocional e informativos: 400 €.

 

Artículo 7 – Los logos de la CCIS no podrán ser alterados de ninguna manera, incluyendo su proporción, color, elementos y demás aspectos, distorsionar su perspectiva o apariencia bidimensional, o combinarlos con cualquier otro elemento gráfico o de texto. El logo tendrá que ser precedido por el texto “Partner de”. El utilizador del logo se compromete a no hacer  uso alguno de cualquier signo distintivo que pueda confundirse fonéticamente, en el aspecto o significado del logo. El utilizador deberá enviar a la CCIS el arte final del material en el que aparece el logo de la CCIS, antes de su publicación / impresión, para obtener su visto bueno, necesario para su uso.

 

Artículo 8 – Corresponde a la CCIS, en cada caso concreto, definir la vigencia de la concesión según en este reglamento. Para ello, tomará en consideración la naturaleza de la solicitud, su duración, zona de ejecución y objetivos.

 

Artículo 9 – El empleo indebido de los logos de la CCIS se entenderá como el uso sin autorización, así como el de cualquier imitación que pueda prestarse a confusión con los mismos, de forma que contravenga lo dispuesto en el presente Reglamento. También se considerará indebido el uso de los logos por parte de aquellos socios que no están en regla con el pago de la cuota asociativa o que se hayan dado de baja de la asociación con la CCIS.

 

Artículo 10 – De comprobarse la existencia del uso indebido, la CCIS podrá establecer las siguientes sanciones, según la gravedad del caso:

– Amonestación verbal;
– Apercibimiento por escrito;
– Demanda ante la justicia.

 

Artículo 11 – Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.

 

Artículo 12 – El presente reglamento es público y está a disposición de todos los interesados. Su difusión se realizará a través de la web de la CCIS, una campaña de mailing a todos los asociados y enviado como anexo en la documentación asociativa. Los citados medios de difusión se consideran válidos a todos los efectos para que los interesados tengan conocimiento de este reglamento.

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